Ayudas Jóvenes Agricultores Castilla la Mancha
Ayudas para jóvenes agricultores en Castilla la Mancha
Orden 71/2018, de 15 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
Por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020. [2018/6108]. Aquí
La población joven de las zonas rurales en Castilla-La Mancha y el envejecimiento de la población activa agraria que determina la necesidad de promover medidas que incentiven la incorporación de personas cualificadas como jóvenes agricultores o empresarios agrícolas mediante la creación de empresas que aseguren el relevo generacional en el sector agrario.
Para la revitalización económica de las zonas rurales es imprescindible favorecer la modernización de las estructuras de producción y la adaptación de sus producciones al mercado, junto con la mejora de la calidad de los productos, la utilización de nuevas tecnologías que impliquen una reducción en los costes de producción e impliquen mayor eficiencia en el uso del agua y la energía.
Se aprobó la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias
En la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural y en la Ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha, contribuye el Programa de Desarrollo Rural de Castilla La Mancha para el periodo 2014-2020 aprobado por Decisión de ejecución de la Comisión Europea de 30 de octubre de 2015, modificada por la Decisión de 12 de abril de 2017 y posteriormente por la Decisión de 14 de diciembre de 2017.
Control de las medidas al Desarrollo Rural (FEADER) del período 2014-2020. Legislación comunitaria
La presente Orden tiene por objeto establecer, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la creación de empresas agrarias por personas jóvenes y apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas, en el marco del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Feader, del Marco Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, del Programa de Desarrollo Rural de Castilla La Mancha 2014-2020 y de conformidad
con la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, con la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias y con la Ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha.
Consisten en una prima que se concede a los jóvenes para fomentar la incorporación a la actividad agraria, contribuyendo al relevo generacional y la modernización del sector agropecuario de la Región.
La obtención de estas ayudas a jóvenes agricultores puede pedirse como persona física, como explotación de Titularidad Compartida o en una sociedad, nueva o ya existente, agrícola y/o ganadera.
- tener entre 18 y no haber cumplido los 41 años,
- no haber creado una empresa agraria antes de los 24 meses anteriores a la solicitud,
- en esos 24 meses podrá haberse iniciado el proceso de instalación, siendo imprescindible, al menos, acreditar en dicho periodo muestra de interés por iniciarse en la actividad agraria,
- presentar un Plan Empresarial para la creación de la nueva explotación,
- contar con un tutor que le asesore en el proceso de instalación,
- el Plan Empresarial debe alcanzar un mínimo de 20 puntos en base a los criterios de priorización de la convocatoria.
Se considerará prioritaria la explotación agraria que posibilite la ocupación de, al menos, una unidad de trabajo agrario, cuya renta unitaria de trabajo sea igual o superior al 35 por 100 de la renta de referencia e inferior al 120 por 100 de ésta, y cuyo titular sea una persona física que reúna los siguientes requisitos:
- a) Ser agricultor/a profesional, conforme a lo establecido en el apartado 6 del presente artículo.
- b) Poseer un nivel de capacitación agraria suficiente.
- c) Haber cumplido dieciocho años y no haber cumplido sesenta y cinco años.
- d) Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, en su caso, en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluido en dicho Régimen.
- e) Residir en la comarca en donde radique la explotación o en las comarcas limítrofes definidas por la legislación autonómica sobre organización territorial. En su defecto, se tendrá en cuenta la comarcalización agraria establecida en el Censo Agrario del Instituto Nacional de Estadística.
Este criterio de residencia no podrá ser considerado requisito de elegibilidad de las ayudas.
Se debe comprometer a ser agricultor/a activo/a en los 18 meses siguientes y a instalarse como agricultor/a profesional en una explotación agraria prioritaria en un máximo de tres años (desde la concesión de la ayuda), lo que implica tener capacitación y estar dado de alta en la Seguridad Social en el régimen agrario, además de que la explotación tenga una dimensión determinada referente a la viabilidad económica y la mano de obra necesaria para atenderla.
La ayuda consiste en una prima básica de 27.000 euros, y unos suplementos que pueden incrementarla hasta los 50.000 euros, si:
– contrata personal de forma continua en la explotación (10.000 euros)
– realizan inversiones que contribuyan al uso eficiente y sostenible de los recursos (10.000 euros)
– participa en proyectos de I+D+i. (1.000 euros)
– es miembro de una entidad asociativa prioritaria (EAPIR u EAP de interés supra autonómico) o Agrupación de Productores (2.000 euros)
El pago se realiza en dos tramos uno del 60 % (en los 9 meses siguientes a la concesión de la ayuda tras haber iniciado el proceso de instalación y darse de alta en la Seguridad Social) y el 40% restante cuando se cumplan el resto de requisitos.
Las ayudas a la creación de empresas se pueden completar con AYUDAS A INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRARIAS, que se pueden solicitar de forma conjunta o en convocatorias posteriores, pudiéndose recibir entre el 40 y el 70% del gasto (máximo para una persona joven que se ha incorporado en los últimos 5 años). La documentación necesaria para solicitar el pago de las ayudas a inversiones en explotaciones agrarias puede descargarla a continuación.
Convocatoria- Formación reglada: Diploma de Capataz Agrícola, títulos universitarios de la rama agraria o haber superado todos los cursos universitarios de dicha rama o título de Formación Profesional Agraria.
- Formación agraria. Impartida por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural. Otras Administraciones Públicas, Organizaciones Agrarias. Y Entidades Privadas que sean homólogos a los contenidos del curso de “Incorporación a la Empresa Agraria”.
- Experiencia profesional. En los casos de trabajadores agrarios por cuenta ajena que acrediten su trabajo mediante la vida laboral se contabilizarán 30 horas por año completo trabajado. Completadas con horas lectivas hasta alcanzar 150 horas de formación.
Matricúlese en el Curso de incorporación a la empresa agraria para jóvenes agricultores. Acceda a las ayudas de su comunidad.
Documentación necesaria : (esta documentación es genérica, cualquier organismo que tramite estas ayudas puede solicitarle documentos adicionales)
- Solicitud conjunta cumplimentada.
- Declaración de ingresos agrarios a efectos de determinación de agricultor o ganadero activo.
- Datos generales de los socios.
- Marcas de declaración.
- Declaración de unidades de producción.
- Cruce SIGPAC.
- Información de actividad agraria o ganadera.
- Solicitud de ayudas del pago básico y pago complementario a jóvenes agricultores.
Para octener alludas a las mejoras de las explotaciones por ejeplo hacer una nabe de aperos agricolas tambien ay que cumplir el requisito de ser menor de 41 año
El requisito de los 41 años creo que es para las ayudas de primera instalación de explotaciones agrarias, de todas maneras para asegurarse pregunte en la Oficina Comarcal Agraria más cercana a su localidad de residencia.